Cuánto cuesta transferir un coche en Andalucía en 2026
Publicado el 28 de octubre de 2026

En resumen: Transferir un coche entre particulares en Andalucía cuesta la tasa de la DGT (55,70 euros en 2026), más el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que con carácter general es el 4 % del valor del coche según las tablas de Hacienda, más los honorarios de la gestoría si la contratas. El impuesto es la parte que más varía.
Cuando compras un coche de segunda mano a un particular, al precio pactado hay que sumarle los gastos de la transferencia. Mucha gente se sorprende con la cifra final porque desconoce cómo se calcula el impuesto. Te lo explicamos con ejemplos.
Los tres componentes del precio
1. Tasa de la DGT
Es un importe fijo en toda España que se paga a Tráfico por registrar el cambio de titular. En 2026:
- 55,70 euros para turismos, motos de más de 50 cc, furgonetas, camiones ligeros y autocaravanas (tasa 1.5).
- 27,85 euros para ciclomotores de hasta 50 cc (tasa 1.2).
2. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
Lo cobra la Junta de Andalucía a través de la Agencia Tributaria de Andalucía y se declara con el modelo 621. Es el concepto que más varía, porque depende del valor del vehículo.
¿Sobre qué valor se calcula? Sobre el mayor de estos dos:
- El precio que figura en el contrato.
- El valor fiscal que publica cada año el Ministerio de Hacienda en sus tablas de precios medios de venta, aplicando el porcentaje de depreciación por antigüedad.
¿Qué tipo se aplica en Andalucía? Con carácter general, el 4 % para bienes muebles, incluidos los vehículos usados. Hay excepciones: un tipo más alto, del 8 %, para turismos con más de 15 caballos fiscales, y tipos reducidos para vehículos de cero emisiones. Conviene confirmar el tipo exacto para cada caso.
3. Honorarios de la gestoría
Son opcionales: si comprador y vendedor tienen certificado digital, pueden tramitarlo ellos mismos en la sede de la DGT. La gestoría cobra por revisar el vehículo, calcular y pagar el impuesto, presentar el expediente y resolver incidencias.
Ejemplos prácticos
| Vehículo | Valor fiscal | ITP (4 %) | Tasa DGT | Total sin gestoría |
|---|---|---|---|---|
| Utilitario de 12 años | 1.800 € | 72 € | 55,70 € | 127,70 € |
| Compacto de 6 años | 7.500 € | 300 € | 55,70 € | 355,70 € |
| SUV de 3 años | 18.000 € | 720 € | 55,70 € | 775,70 € |
| Ciclomotor | 600 € | 24 € | 27,85 € | 51,85 € |
Son ejemplos orientativos para turismos con potencia fiscal inferior a 15 caballos. El valor fiscal real depende de la marca, el modelo y la versión exactos.
Otros gastos que conviene prever
- Informe del vehículo en la DGT antes de comprar, por unos pocos euros.
- Impuesto de circulación del año en curso: el recibo lo paga quien sea titular el 1 de enero, aunque es habitual pactar su prorrateo.
- ITV, si está próxima a caducar.
- Seguro, que debe estar contratado a nombre del nuevo titular desde el momento de la compra.
- Cancelación de cargas, si el vehículo tiene una reserva de dominio o un embargo.
Plazos
El comprador tiene 30 días desde la compraventa para solicitar la transferencia en la DGT. El ITP debe estar liquidado antes de presentarla. Retrasarse puede suponer sanciones de Tráfico y recargos de la Junta.
Consejos para no pagar de más
- Pide el informe del vehículo antes de pagar. Un coche con cargas puede obligarte a gastar mucho más para regularizarlo.
- Consulta el valor fiscal antes de negociar el precio, para saber cuánto vas a pagar de impuesto.
- Revisa si hay recibos del impuesto de circulación pendientes, porque pueden bloquear la transferencia.
- Firma un contrato completo con hora, kilometraje y datos de ambas partes.
Si quieres que lo hagamos por ti, en la página de transferencia de vehículos tienes el detalle del servicio y la documentación necesaria.
Preguntas frecuentes
¿Se paga ITP si el coche lo compro a un concesionario?
No. Si el vendedor es un profesional que vende con IVA, la operación tributa por IVA y no por ITP. Tampoco se paga ITP cuando quien compra es un profesional de la compraventa de vehículos que cumple los requisitos de la exención.
¿Qué pasa si declaro un precio de venta más bajo?
El impuesto se calcula sobre el mayor valor entre el precio declarado y el de las tablas oficiales, así que declarar menos no reduce el ITP. Si la Junta detecta que el valor declarado es inferior, puede comprobarlo y liquidar la diferencia con intereses.
Esta guía tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto. La normativa fiscal cambia con frecuencia: revisa la fecha de actualización.